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ACTA ACUERDO
En la Casa Municipal de la Cultura de
Almirante Brown, a los veintiocho días del mes de Noviembre de 2008,
el Presidente de la Cámara del Comercio y la Industria del Partido
de Almirante Brown, con domicilio en Esteban Adrogué N° 1177,
Adrogué, Esteban Kallay, el Presidente de la Cámara de Comercio e
Industria de Burzaco, con domicilio en Roca 843, Burzaco, Ricardo R.
Cáceres, el Presidente de la Asociación de Comerciantes y
Propietarios de la Ciudad de Longchamps, con domicilio en Lagos y
Bolívar, Longchamps, Edgardo Bellini, el Presidente de la Cámara de
Comercio, Industria y Propietarios de Glew, con domicilio en Rafael
Obligado 186, Glew, Ángel Singh en adelante
LAS CÁMARAS- y el
Secretario de Producción y Desarrollo, Diego Fernández Garrido y el
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda, Esc. Jorge
Herrero Pons, ambos funcionarios del Gobierno Municipal de Almirante
Brown, con domicilio en Rosales 1312, Adrogué, convienen en celebrar
la presente Acta Acuerdo y ajustar sus derechos y obligaciones con
arre910 al marco general y cláusulas disposítivas que seguidamente
se señalan:
OBJETIVOS
- La Campaña COMPRE MEJOR, COMPRE EN BROWN -en
adelante LA CAMPAÑA-
tiene como objetivo estimular el
consumo del público en los comercios del distrito, generando
acciones tendientes a sostener y aumentar la demanda local. Para
ello se trabajará mancomunadamente con los comerciantes de la zona,
beneficiarios del programa tanto como los clientes, tomando
conciencia de la importancia que reviste generar el arraigo del
consumo privilegiando el comercio local.
Cláusulas dispositivas
Cláusula 1ª
(LAS CÁMARAS) LAS CÁMARAS
serán el soporte institucional de la
implementación de LA CAMPAÑA
en las distintas localidades en que se aplique
y les correspondiere.
En tal sentido,
LAS CÁMARAS
- Aportarán personas con la finalidad de
efectivizar las adhesiones
- Gestionarán entre los comercios los premios
bajo la forma de órdenes de compra, acorde con la envergadura del
programa, los cuales serán adjudicados en función de un sorteo de
acuerdo a bases y condiciones adjuntas.
- Entregarán un bono por persona para los
clientes que deseen participar sin
obligación de compra (Decreto
1153/97 Art.1 inc,
A)
- Exhibirán la nómina de premios y los entregarán
en ocasión del sorteo.
- Organización del evento del sorteo
- Adhesión de los comerciantes en su local y
entrega de cupones, y urnas, o eventualmente con personal que
recorra los comercios. Los comerciantes posibilitarán
entretenimientos en galerías o espacios similares, que podrían
incluir la presencia de un Papá Noel o alusivo
Cláusula
2ª
(El Municipio). En tal sentido:
- Promocionará LA
CAMPAÑA.
- Proveerá material de difusión, incluyendo cupones diseñados a tal
efecto.
- Se facilitará la promoción de
LA CAMPAÑA entre
los comerciantes.
- Ornamentación de luminarias en el Espacio
Público.
En prueba de conformidad y a un mismo efecto, se
firman seis ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha
indicados.
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