BASES y CONDICIONES

 

 

CAMPAÑA "COMPRE MEJOR, COMPRE EN BROWN"

 

1) Término del Programa: El programa se inicia el sábado 29111/08 a las 10 hs. y concluye el Viernes 26/12/08 a las 22 hs.

 

2) Quiénes pueden participar: Podrán participar todos los clientes mayores de 18 años de lo locales de Almirante Brown adheridos al programa, a excepción del comerciante que no podrá participar en este programa con cupones a su nombre o a nombre del personal o familiares directos en su propia urna.

 

3) Mecánica del Programa: Participarán de los sorteos del programa, completando cupones con los datos personales, quienes realicen una compra. Se entregará un cupón por compra hasta agota stock de 1.000.000 de cupones en todo el Municipio de Almirante Brown.

 

4) Causales de Nulidad: Serán anulados todos los cupones que correspondan a personas cuya participación no está permitida y que se detallara en el punto 2.- Además aquellos que no tengan los siguientes datos personales completos o claramente legibles: Nombre, apellido, documento, dirección, número telefónico.

 

5) Fecha de Sorteo: Se realizará el día sábado 27/12/08 a la hora 20 en cada una de las localidades adheridas, a saber: Glew, Longchamps, Burzaco y Adrogué, ante escribano público, extrayendo del la urna los cupones que oportunamente fueran depositados por los participantes. Cada cupón dará el nombre de un ganador. Si alguno de los cupones no cumpliera con los requisitos del  punto 4.-

(Causal es de Nulidad) se procederá a sacar un nuevo cupón hasta dar por cumplido con el sorteo. Los ganadores serán notificados por vía telefónica y/o por telegrama al teléfono / dirección indicada en el cupón, dentro de las 72 horas de producido el sorteo, no siendo obligatoria la presencia del ganador en el momento de efectuarse el mismo.

 

6) De los Ganadores: Los Ganadores deberán presentarse en la sede de la Cámara o Asociaciones de Comerciantes de I localidad en que se hizo acreedor del premio sorteado en el término de 5 días de realizado el sorteo, acreditando identidad de manera fehaciente y modo indubitable, bajo responsabilidad de perder el derecho del premio por el mero transcurso de dicho plazo.

 Los Ganadores autorizan a difundir y publicar su nombre en cualquier medio de comunicación con la frecuencia que los auspiciantes de la promoción dispongan, sin compensación alguna.

 

7) Premios: Los premios podrán ser consultados en nóminas expuestas en las sedes de las Cámaras y Asociaciones de Comerciantes auspiciantes de la Campaña.  

 

8) Condiciones en Que se entregarán los premios: Los premios son intransferibles y en ningún caso serán canjeables por dinero.

  

9) Probabilidad matemática de adiudicación de premios: La misma dependerá de la cantidad remitida por cada participante. En caso de que se recibieran para un determinado sorteo 1.000.000 de cupones y que un participante hubiera enviado 4, la probabilidad de dicho participante de ganar un premio en ese sorteo será de 1 en 83.334.

 

10) Destino de los premios no adjudicados: Si los hubiere, serán destinados a sorteos pertenecientes a campañas próximas.

 

11) Para participar sin obligación de compra: Los clientes podrán completar un cupón sin obligación de compra (uno por cliente) para participar del sorteo (Decreto 1 153/97 Art. 1 Inc. A). El mismo puede ser requerido en las sedes de las Cámaras y Asociaciones de Comerciantes auspiciantes de la Campaña.  :

 

12) De las Cámaras V Asociaciones de Comerciantes: No existirá obligatoriedad de afiliación a LAS CÁMARAS Y ASOCIACIONES por parte de los comerciantes para ser parte de la ejecución del programa.

 

13) Aceptación de Condiciones: La sola participación en el concurso implica el conocimiento y aceptación de todas sus condiciones, las que quedan transcriptas en las presentes "Bases y Condiciones" firmadas ante Escribano Público.

 

14)  Auspiciantes: Auspician esta campaña: el Gobierno Municipal de Almirante Brown a través de la Secretaría de Producción y Desarrollo y la Secretaría de coordinación de Gabinete y Hacienda, 1a Cámara del Comercio y la Industria del Partido de Almirante Brown, la Cámara de Comercio e Industria de Burzaco, la Asociación de Comerciantes y Propietarios de la Ciudad de Longchamps, y 1a Cámara de Comercio, Industria y propietarios de Glew.

En la Casa Municipal de la Cultura de Almirante Brown, a los veintiocho días del mes de Noviembre de 2008, el Presidente de la Cámara del Comercio y la Industria del Partido de Almirante Brown, con domicilio en Esteban Adrogué N° 1177, Adrogué, Esteban Kallay, el Presidente de la Cámara de Comercio e Industria de Burzaco, con domicilio en Roca 843, Burzaco, Ricardo R. Cáceres, el Presidente de la Asociación de Comerciantes y Propietarios de la Ciudad de Longchamps, con domicilio en Lagos y Bolívar, Longchamps, Edgardo Bellini, el Presidente de la Cámara de Comercio, Industria y Propietarios de Glew, con domicilio en Rafael Obligado 186, Glew, Ángel Singh en adelante LAS CÁMARAS- y el Secretario de Producción y Desarrollo, Diego Fernández Garrido y el Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda, Esc. Jorge Herrero Pons, ambos funcionarios del Gobierno Municipal de Almirante Brown, con domicilio en Rosales 1312, Adrogué, convienen en celebrar la presente Acta Acuerdo y ajustar sus derechos y obligaciones con arreglo al marco general y cláusulas disposítivas se señalan.

  

 

| CACINAB - Cámara del Comercio y la Industria del Partido de Alte. Brown |
Esteban Adrogué Nº 1177 - Adrogué - Alte. Brown
Tel / Fax : 4-294-4056