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BASES y
CONDICIONES
CAMPAÑA "COMPRE MEJOR, COMPRE EN
BROWN"
1) Término
del Programa:
El programa se inicia el sábado 29111/08 a las
10 hs. y concluye el Viernes
26/12/08 a las 22 hs.
2) Quiénes
pueden participar:
Podrán participar todos los clientes mayores de 18 años de lo
locales de Almirante Brown adheridos al programa, a excepción del
comerciante que no podrá participar en este programa con cupones a
su nombre o a nombre del personal o familiares directos en su propia
urna.
3)
Mecánica del Programa:
Participarán de los sorteos del programa, completando cupones con
los datos personales, quienes realicen una compra. Se entregará un
cupón por compra hasta agota stock de 1.000.000 de cupones en todo
el Municipio de Almirante Brown.
4)
Causales de Nulidad:
Serán anulados todos los cupones que correspondan a personas cuya
participación no está permitida y que se detallara en el punto 2.-
Además aquellos que no tengan los siguientes datos personales
completos o claramente legibles: Nombre, apellido, documento,
dirección, número telefónico.
5) Fecha
de Sorteo:
Se realizará el día sábado 27/12/08 a la hora
20 en cada una de las localidades adheridas, a saber: Glew,
Longchamps, Burzaco y Adrogué, ante escribano público, extrayendo
del la urna los cupones que oportunamente fueran depositados por los
participantes. Cada cupón dará el nombre de un ganador. Si alguno de
los cupones no cumpliera con los requisitos del
punto
4.-
(Causal es de Nulidad) se procederá a sacar un
nuevo cupón hasta dar por cumplido con el sorteo. Los ganadores
serán notificados por vía telefónica y/o por telegrama al teléfono /
dirección indicada en el cupón, dentro de las 72 horas de producido
el sorteo, no siendo obligatoria la presencia del ganador en el
momento de efectuarse el mismo.
6) De los
Ganadores:
Los Ganadores deberán presentarse en la sede
de la Cámara o Asociaciones de Comerciantes de I localidad en que se
hizo acreedor del premio sorteado en el término de 5 días de
realizado el sorteo, acreditando identidad de manera fehaciente y
modo indubitable, bajo responsabilidad de perder el derecho del
premio por el mero transcurso de dicho plazo.
Los Ganadores autorizan a difundir y
publicar su nombre en cualquier medio de comunicación con la
frecuencia que los auspiciantes de la promoción dispongan, sin
compensación alguna.
7)
Premios:
Los premios podrán ser consultados en nóminas
expuestas en las sedes de las Cámaras y Asociaciones de Comerciantes
auspiciantes de la Campaña.
8)
Condiciones en Que se entregarán los premios:
Los premios son intransferibles y en ningún caso serán canjeables
por dinero.
9) Probabilidad matemática de adiudicación de
premios:
La misma dependerá de la cantidad remitida por cada participante. En
caso de que se recibieran para un determinado sorteo 1.000.000 de
cupones y que un participante hubiera enviado 4, la probabilidad de
dicho participante de ganar un premio en ese sorteo será de 1 en
83.334.
10)
Destino de los premios no adjudicados:
Si los hubiere, serán destinados a sorteos pertenecientes a campañas
próximas.
11) Para
participar sin obligación de compra:
Los clientes podrán completar un cupón sin
obligación de compra (uno por cliente) para participar del sorteo
(Decreto 1 153/97 Art. 1 Inc. A). El mismo puede ser requerido en
las sedes de las Cámaras y Asociaciones de Comerciantes auspiciantes
de la Campaña.
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12) De las
Cámaras V Asociaciones de Comerciantes:
No existirá obligatoriedad de afiliación a LAS CÁMARAS Y
ASOCIACIONES por parte de los comerciantes para ser parte de la
ejecución del programa.
13)
Aceptación de Condiciones:
La sola participación en el concurso implica el conocimiento y
aceptación de todas sus condiciones, las que quedan transcriptas en
las presentes "Bases y Condiciones" firmadas ante Escribano Público.
14)
Auspiciantes:
Auspician esta campaña: el Gobierno Municipal de Almirante Brown a
través de la Secretaría de Producción y Desarrollo y la Secretaría
de coordinación de Gabinete y Hacienda, 1a Cámara del Comercio y la
Industria del Partido de Almirante Brown, la Cámara de Comercio e
Industria de Burzaco, la Asociación de Comerciantes y Propietarios
de la Ciudad de Longchamps, y 1a Cámara de Comercio, Industria y
propietarios de Glew.
En la Casa Municipal de la Cultura de
Almirante Brown, a los veintiocho días del mes de Noviembre de 2008,
el Presidente de la Cámara del Comercio y la Industria del Partido
de Almirante Brown, con domicilio en Esteban Adrogué N° 1177,
Adrogué, Esteban Kallay, el Presidente de la Cámara de Comercio e
Industria de Burzaco, con domicilio en Roca 843, Burzaco, Ricardo R.
Cáceres, el Presidente de la Asociación de Comerciantes y
Propietarios de la Ciudad de Longchamps, con domicilio en Lagos y
Bolívar, Longchamps, Edgardo Bellini, el Presidente de la Cámara de
Comercio, Industria y Propietarios de Glew, con domicilio en Rafael
Obligado 186, Glew, Ángel Singh en adelante
LAS CÁMARAS- y el
Secretario de Producción y Desarrollo, Diego Fernández Garrido y el
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda, Esc. Jorge
Herrero Pons, ambos funcionarios del Gobierno Municipal de Almirante
Brown, con domicilio en Rosales 1312, Adrogué, convienen en celebrar
la presente Acta Acuerdo y ajustar sus derechos y obligaciones con
arreglo al marco general y cláusulas disposítivas se señalan.
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