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MODIFICACIÓN DE LICENCIAS NO AUTOMÁTICAS

Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informan que el 11 de enero de 2018 fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución SC. 5/18, que introduce modificaciones al sistema de Licencias No Automáticas, reemplazando los anexos II a XVIII y sustituyendo tres artículos de la Resolución 523/17.

En el articulado, la modificación principal es que se establece la obligatoriedad de estar inscripto en el Registro Único del Ministerio de Producción (RUMP), para poder completar los requisitos del punto 2 de los ANEXOS II a XIV.

Los anexos reemplazados presentan una baja de alrededor de 330 posiciones de las que estaban obligadas a presentar la LNA Licencia No Automática, y que a partir del 12/1/2018, pasarán a tramitar SOLAMENTE  Licencia Automática.

Entre los productos que pasaron a tener Licencia Automática, se encuentran los siguientes:

  • Papeles Kraft. Papel para vidrieras. Freezers verticales – Secadores de ropa de menos de 23 litros. – Motocicletas hasta 500 c.c. – Cámaras y cubiertas de bicicletas – Partes de bicicletas
  • Carteras de telas – complementos de vestir de cuero -Productos laminados de acero – barras de hierro -barras de aluminio – chapas de aluminio – chapas y alambres de cobre
  • Sierras – calderas y sus partes – grúas – sembradoras – partes de vagones – barcos  – hilado de algodón – muchos productos químicos agar agar –
  • Alcoholes – sulfato de aluminio – ferrocerio – insecticidas – herbicidas – polímeros – fims de pvc – calcomanías – sobres tarjetas cajas bolsas de papel –
  • Hilados acrílicos – fibras poliésteres acrílicas – porcelana – cristal – herrajes – turbinas y sus partes – herrajes  – filtros – balanzas pesas – guadañas –
  • Cosechadoras – lingoteras – válvulas – motores eléctricos – poleas – cables -cuadros de bicicletas – sillines – tornos – asientos de madera – ratán  – almohadas – edredones.

Para consultar la Resolución, haga clic aquí.

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