
La Federación Económica de la provincia de Buenos Aires (FEBA) informa que a diferencia de otros años, esta vez el Poder Ejecutivo definió que los puentes turísticos serán “días no laborables con fines turísticos” en vez de “feriados con fines turísticos”.
¿Cuál es la diferencia entre día no laborable y feriado?
La ley de Contrato de Trabajo establece que en los días no laborables el trabajo será optativo para el empleador, salvo en bancos, seguros y actividades afines. En otros términos, cada empresa tiene la facultad de darle el día libre o no a sus trabajadores. En dichos días, los trabajadores que presten servicio percibirán el salario simple, sin adicionales. Además, en el caso de que el empleador considere la jornada como no laborable, pagará la remuneración habitual a todos sus empleados.
Cabe destacar que según el calendario oficial, el viernes 15 de agosto es considerado como día no
laborable y el domingo 17 de agosto es feriado inamovible por el Paso a la Inmortalidad del general
San Martín.
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https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/317188/20241121