
ARCA ya definió sobre qué transferencias pone la lupa e investiga en septiembre 2025. Cuál es el monto que determina el rango de operaciones bajo la mira
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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) investiga en septiembre de 2025 un determinado rango de transferencias y transacciones que viene dado de acuerdo al monto involucrado en la operación.
Las transferencias que quedan bajo la atenta mirada ARCA pueden ser realizadas tanto a través de billeteras virtuales y bancos. Puntualmente, la ex AFIP pone la mira cuando se superen determinados umbrales que se encuentran establecidos en las reglamentaciones fiscales que se encuentran en plena vigencia.
Más precisamente, de acuerdo a lo establecido en la reglamentación de ARCA, las transferencias realizadas entre cuentas bancarias o billeteras virtuales de personas físicas no generan reportes automáticos en septiembre de mientras no superen el monto total de $50.000.000 en un mes calendario. El límite antes mencionado aplica tanto a operaciones entre familiares como entre terceros, siempre que no se identifique una relación comercial habitual o un comportamiento sospechoso.
Vale tener presente que el monto límite establecido no elimina la posibilidad de fiscalización posterior, pero evita que la transferencia sea automáticamente reportada ante la Unidad de Información Financiera (UIF) a través del sistema de monitoreo de operaciones sospechosas. Bajo esta modalidad, se apunta la mira sobre las posibles operaciones de lavado de dinero.
A tal efecto, el receptor de la transferencia deberá poder justificar el origen lícito del dinero, por ejemplo, ahorros declarados, ingresos laborales, venta de activos, entre otras opciones. Ante este escenario, los organismos oficiales dejan en claro que si el dinero está debidamente justificado, no se generará problema alguno.
Transferencias que investiga ARCA: los montos que rigen para septiembre de 2025
De acuerdo a lo establecido por ARCA, los topes máximos a partir de los cuales se podrá solicitar información adicional a los usuarios son los siguientes:
Transferencias y acreditaciones:
- Personas físicas: $50.000.000
- Personas jurídicas: $30.000.000
Extracciones en efectivo:
- $10.000.000 tanto para personas físicas como jurídicas.
Los montos límites antes mencionados aplican a todas las billeteras virtuales registradas en el país, y de superar dichos valores, se da lugar a requerimientos de documentación por parte de ARCA y eventualmente la UIF.
Transferencias septiembre 2025 qué documentación exige ARCA
En caso de que las operaciones superen los montos antes mencionados y queden bajo la lupa de ARCA, el organismo fiscal puede iniciar una verificación para determinar el origen y destino de los fondos. Puntualmente, el fisco nacional puede solicitar la presentación de:
- Comprobantes de compra o venta.
- Documentación de respaldo de las operaciones.
- Recibos de sueldo o comprobantes previsionales.
- Facturación de los últimos 3 a 6 meses.
- Constancia de inscripción en el Monotributo.
- Certificación de fondos firmada por contador público.
Transferencias en la mira de ARCA: qué errores se deben evitar
Existe una serie de «errores más comunes» que se deben evitar al momento de realizar transferencias a fin de no caer bajo el radar de ARCA en septiembre 2025:
Transferir montos que excedan el tope permitido
- Exceder el monto máximo sin declarar
- No poder justificar los fondos de las cuentas bancarias o billeteras virtuales
- No responder a las solicitudes del banco o empresa de billetera virtual
Complementariamente, a fin de evitar errores que disparen los controles de ARCA y la UIF, es recomendable tener en mente otros montos límites que conviven con el valor de las transferencias antes mencionado.
Saldo último día del mes: el valor máximo que se puede tener de saldo al último día del mes sin tener ingresos declarados y/o consistentes es de $50.000.000 para personas físicas.
Plazos fijos: el valor máximo que las personas sin justificativos pueden tener como plazos fijos es de $100.000.000 para personas físicas
Tenencias en sociedades de bolsa: actualmente el límite es de $100.000.000, en el caso de personas físicas.
Compras de consumidor final: se informan desde $ 10.000.000 para ambos rubros. Puntualmente, se pueden hacer compras de hasta $10.000.000 sin que nadie requiera información adicional.
Pagos: el límite aumentó a $50.000.000 para personas físicas y a $30.000.000 millones para personas jurídicas.
Por todo lo explicado anteriormente, para que las transferencias realizadas entre cuentas bancarias o billeteras virtuales de personas físicas no generen reportes automáticos en septiembre de 2025 no deben superen el monto total de $50.000.000 en un mes calendario.