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INGRESOS BRUTOS EN CABA Y PBA: CÓMO IMPACTAN EN LOS SALDOS DE TU BILLETERA VIRTUAL

Las retenciones de Ingresos Brutos en billeteras virtuales en CABA y PBA afectan el saldo disponible al recibir dinero, Cuál es el impacto en el bolsillo

arca billetera virtual

Las retenciones de Ingresos Brutos en billeteras virtuales en CABA y PBA afectan el saldo disponible al recibir dinero (no al gastarlo), funcionando como un pago a cuenta del impuesto del contribuyente.

Las billeteras virtuales actúan como agentes de recaudación y retendrán un porcentaje que varía según la actividad del usuario (entre el 0,1% y el 5%). Este mecanismo busca equiparar el sistema con las cuentas bancarias y se aplica a usuarios inscriptos en Ingresos Brutos en esos distritos.

¿Cómo impacta la retención en los saldos de la billetera virtual?

  • Agente de recaudación: Las billeteras virtuales son designadas como agentes de recaudación de Ingresos Brutos.
  • Retención automática: Al recibir una transferencia de dinero, la billetera descontará automáticamente un porcentaje del monto.
  • Pago a cuenta: El monto retenido se considerará un pago a cuenta del impuesto que el contribuyente debe abonar a fin de mes.
  • Saldo a favor: Si el total de las retenciones supera el monto del impuesto a pagar, se generará un saldo a favor del contribuyente.

Retenciones de IIBB a billeteras virtuales: ¿quiénes son los afectados y quiénes quedan exceptuados?

Afectados: Usuarios que estén inscriptos en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en CABA o PBA. La retención se aplica en cada acreditación de dinero que reciban en la billetera virtual.

No afectados (excepciones): Las retenciones no se aplican a todas las operaciones. Algunas de las que quedan exentas son:

  • Remuneraciones al personal en relación de dependencia (sueldos).
  • Jubilaciones y pensiones.
  • Créditos y préstamos.
  • Exportaciones.
  • Transferencias entre personas sin fines comerciales o colectas para compras conjuntas.

Retenciones de IIBB a billeteras virtuales: ¿cómo impacta en tu bolsillo?

Impacto en la liquidez: Aunque no es un impuesto nuevo, la retención puede impactar en la liquidez inmediata de los fondos, ya que el dinero es descontado en el momento de la acreditación.

Diferencia con cuentas bancarias: La medida busca equiparar el tratamiento fiscal de las billeteras virtuales con el de las cuentas bancarias, donde ya se realizan estas retenciones.

Costo financiero: En algunos casos, puede generar un costo financiero indirecto, ya que el contribuyente puede tener que financiar al fisco con recursos propios que quedan inmovilizados hasta su compensación.

¿Este régimen crea un nuevo impuesto?

No. El régimen SIRCUPA no implica la creación de un tributo adicional. Se trata de un mecanismo de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos ya existente.

La Resolución Normativa ARBA 25/2025 establece que las billeteras virtuales (Proveedores de Servicios de Pago – PSP) deben actuar como agentes de recaudación y retener parte de los importes acreditados a los contribuyentes.

Estas retenciones tienen el carácter de pago a cuenta del impuesto y se computan en la declaración jurada mensual. En caso de que las retenciones superen el monto del anticipo correspondiente, el excedente puede aplicarse en períodos posteriores.

En consecuencia, no se amplía el alcance del tributo, ni se grava una actividad nueva. Lo único que cambia es el modo en que ARBA asegura el ingreso anticipado del impuesto: ahora también a través de los movimientos en cuentas de pago ofrecidas por billeteras virtuales, igualando el tratamiento que ya tenían las cuentas bancarias.

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