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COVID-19: Nuevas medidas del Gobierno

Tal como había solicitado la CAC , se prorrogó a través del DNU 316/2020 el plazo de acogimiento al Régimen de Regularización de Deudas hasta el 30 de junio de 2020 inclusive de la Ley 27.541

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dictará la normativa complementaria y aclaratoria al respecto.

Otra medida también solicitada oportunamente por nuestra Entidad es la modificación del articulo 6 de la Resolución General N°4540 . La misma fue publicada por la AFIP a través de la Resolución General N°4688/2020 .

Por otra parte, el Poder Ejecutivo de la Nación dispuso el congelamiento de precios de alquileres como así también la prórroga de los contratos de locación de los siguientes inmuebles –entre otros-:

  • De inmuebles rurales destinados a pequeñas producciones familiares y pequeñas producciones agropecuarias.
  • De inmuebles alquilados por personas adheridas al régimen de Monotributo, destinados a la prestación de servicios, al comercio o a la industria.
  • De inmuebles alquilados por profesionales autónomos para el ejercicio de su profesión.
  • De inmuebles alquilados por Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES) conforme lo dispuesto en la Ley N° 24.467 y modificatorias, destinados a la prestación de servicios, al comercio o a la industria.
  • De inmuebles alquilados por Cooperativas de Trabajo o Empresas Recuperadas inscriptas en el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL (INAES).

La medida fue publicada en el DNU 320/2020

Por último, el Ministerio del Interior implementó a través de la Resolución 48/2020 el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19” para toda persona que encuadre en los supuestos previstos en el artículo 6° del Decreto N° 297/20 y en los artículos 1° y 2° de la Decisión Administrativa N° 429/20, así como en aquellas excepciones al “aislamiento social, preventivo y obligatorio” que en el futuro se establezcan.

El “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19” será personal e intransferible y deberá tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD), ingresando a https://tramitesadistancia.gob.ar/ a efectos de su presentación a requerimiento de la autoridad competente al momento de circular por la vía pública, junto con el Documento Nacional de Identidad.

Dicho certificado tendrá vigencia por el plazo de siete (7) días corridos, y es renovable.

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