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Inscripción en el Registro MiPyME

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La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) informa que tanto la inscripción en el Registro MiPyME como el certificado vigente, serán condición necesaria para acceder a los beneficios de la Ley 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva que se detallan a continuación:

  • Extracciones bancarias:  exención de las Micro y Pequeñas empresas al impuesto por retirar efectivo.
  • Moratoria : regularización de obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras para MiPyMEs en hasta 120 cuotas (según la obligación), por las obligaciones vencidas al 30 de noviembre de 2019 inclusive, o infracciones relacionadas con dichas obligaciones. Incluye condonación de hasta el 100% de intereses, multas y demás sanciones. Se podrá incluir en este régimen la refinanciación de planes de pago vigentes y las deudas emergentes de planes caducos.
  • Alícuota Contribuciones Patronales de la Seguridad Social:  las MiPyMEs tendrán una alícuota del 18% para las contribuciones patronales.  

Asimismo, adjuntamos un instructivo para la inscripción de las empresas en el Registro mencionado.

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