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MONOTRIBUTO: QUÉ PASA SI NO CUMPLO CON LA RECATEGORIZACIÓN DE JULIO

Entre el 15 de julio y el 5 de agosto rige el plazo para realizar la recategorización del Monotributo. Qué hacer si no cumplo con la recategorización.

Monotributo: qué pasa si no cumplo con la recategorización de julio

Entre el 15 de julio y el 5 de agosto próximo rige el plazo para realizar la recategorización semestral de Monotributo. Ante los múltiples vencimientos, y los inconvenientes en el servicio de ARCA ue suelen presentarse los días previos al vencimento, algunos contribuyentes quedarán imposibilitados de realizar la recategorización.

Monotributo: ¿qué hacer si no cumplo con la recategorización?

Ante esta situación hay 2 escenarios posibles, describen desde Contadores en Red:

1. Que al contribuyente le corresponda una categoría superiorEn estos casos es muy factible que ARCA lo recategorice de oficio los días siguientes al vencimiento. Confirmada la decisión administrativa, la recategorización de oficio producirá efectos, respecto del próximo semestre calendario.

2. Que al contribuyente le corresponda una categoría inferior: En estos casos ARCA no suele recategorizar de oficio pero el contribuyente tiene la opción de realizar una Presentación Digital denominada «Monotributo – Modificación de categoría actual por error»

Monotributo: modificación de categoría actual por error

Por medio de este trámite se puede bajar de categoría, por alguna causa determinante que te impidió realizarlo en el período de Recategorización.

Se deberá Indicar:

  • Motivos y fundamentos que dan origen a la presentación.
  • En caso de baja de tu categoría de Monotributo, las causas por las cuales no pudiste realizar la recategorización en forma oportuna. Las causas podrán ser las siguientes:
    • Cambio de actividad que implique un inicio de actividad.
    • Modificación por encontrarse limitada la CUIT al momento de la recategorización.
    • Error de cálculo o error en la registración del parámetro al momento de adherirse o recategorizarse.
    • Otros.
  • Tu categoría actual, la nueva categoría y a partir de cuándo.

Adjuntar:

  • Documentación que justifique la modificación, podría ser:
  • Notas y papeles de trabajo
  • Informes profesionales
  • Resumen o extractos bancarios
  • Comprobantes de ARCA (ejemplo: pagos, acuses de recibo DJ, etc.)
  • Documentos y comprobantes respaldatorios de compras, ventas, gastos, ingresos y otros rubros
  • Comprobantes y facturas varias
  • Copia libro ventas
  • Monto de ingresos brutos anualizados.

Desde el Blog profesional recuerdan que no existe la opción de realizar una «Modificación de datos» en el servicio de «Monotributo» mientras se está en el período de «Recategorización de Oficio».

Monotributo: ARCA obliga a emitir los remitos digitales

La Resolución General 5678/2025 que se encuentra en plena vigencia, establece que quienes se dediquen al traslado de productos dentro de este régimen deberán generar el comprobante digital cada vez que distribuyan o entreguen bienes muebles. La medida tiene como fin agilizar los controles y mejorar la trazabilidad fiscal, ya que el remito se vincula automáticamente con la factura correspondiente.

El nuevo sistema aplica a todas las categorías de monotributistas, pero exclusivamente en los casos donde haya una operación de transporte involucrada. Desde ARCA aclararon que de no cumplir con esta obligación puede derivar en multas, retención de mercadería y otras sanciones severas. Este documento funcionará como respaldo ante eventuales inspecciones y facilitará la labor fiscalizadora del organismo.

Uno de los aspectos destacados de la nueva norma es la eliminación de requisitos formales en los comprobantes digitales: ya no será obligatorio consignar las leyendas «ORIGINAL» y «DUPLICADO», ni respetar medidas específicas de impresión, como los 15 cm por 20 cm que ahora se exigen en los remitos físicos.

Monotributo: cómo emitir un remito digital ARCA

  • Ingresar a facturador.afip.gob.ar desde un navegador (Google Chrome, Safari).
  • Iniciar sesión con CUIT y clave fiscal.
  • Seleccionar la opción de remito o guía de traslado.
  • Completar los datos de la operación (emisor, receptor, tipo de mercancía, etc.).
  • Generar el remito digital y enviarlo por correo electrónico o WhatsApp al destinatario.
  • Guardar el archivo: es obligatorio conservarlo por al menos dos años.

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