A través de la presente, la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) informa las nuevas excepciones establecidas cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular.
Se prorrogó la vigencia de los certificados MiPyME
La medida fue publicada por la Secretaria de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores a través de la Resolución 52/2020 y corresponde a los certificados cuyo vencimiento opera el último día del mes de abril de 2020 o el último día del mes de mayo de 2020, hasta el último día del mes de junio de 2020. El trámite de renovación de dichos certificados estará habilitado a partir del día establecido en el Artículo 15.1 de la Resolución N° 220/19 de la ex SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, y la reinscripción automática se iniciará para estos cierres el primer día hábil del mes de junio de 2020.
Actividades de producción autorizadas para la exportación y a los procesos industriales
Fueron autorizadas las siguientes actividades mediante la Resolución 179/2020 del Ministero de Desarrollo Productivo:
- Ferreterias
- Provisión de garrafas. y atención de emergencias.
- Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.
- Operaciones de centrales nucleares.
- Producción y distribución de biocombustible.
- Venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones.
- Curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola.
- Talleres para mantenimiento y reparación de automotores, motocicletas y bicicletas, exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente.
- Venta de insumos informáticos.
- Opticas
- Industrias que realicen procesos continuos siempre que hayan sido autorizadas oportunamente en los términos del inciso 1° de la Decisión Administrativa Nº 429