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Ley de Góndolas: Comercios deberán señalizar el producto más barato por categoría

Merchandising: el papel de las góndolas en el punto de venta | Dura Rack

La Secretaría de Comercio Interior estableció la obligatoriedad, en todos los comercios alcanzados por la Ley de Góndolas Nº27.545 de señalizar con una cartelería destacada el producto de menor precio por unidad de medida.

La medida, publicada mediante la Resolución 485/2021 , reglamentó el inciso C) del artículo 7 de la Ley de Góndolas, que exige que los productos más baratos por unidad en cada góndola deben estar a altura equidistante entre el primer y el último estante, y determina que el valor no puede ser de “carácter transitorio”. De esta forma, el precio más bajo no podrá surgir de ofertas, bonificaciones o descuentos de cualquier tipo. A su vez, el producto más barato deberá estar exhibido con cartelería perpendicular a la góndola que indique la leyenda de “MENOR PRECIO por unidad de medida. Ley 27.545”.

Podrá acceder al listado de productos considerados esenciales a través del siguiente enlace .

Por último, la resolución entrará en vigencia a partir de los ocho días hábiles contados desde hoy.

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